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21 marzo 2023
Se modifican, entre otros, los reglamentos de Instalaciones Petrolíferas, el de Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, el electrotécnico para baja tensión, el de seguridad contra incendios en establecimientos industriales, el de distribución y utilización de combustibles gaseosos, el de condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión, el de instalaciones de protección contra incendios, etc...
En el Consejo de Ministros del día 28.02.2023, se aprobó un Real Decreto por el que se modifican varios reglamentos de seguridad industrial, a fin de aclarar la aplicación del principio de reconocimiento mutuo tras la aprobación del Reglamento (UE) 2019/515 relativo al reconocimiento mutuo de mercancías comercializadas legalmente en otro Estado miembro. En concreto, se modifican los reglamentos de Instalaciones Petrolíferas, el de Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, el electrotécnico para baja tensión, el de seguridad contra incendios en establecimientos industriales, el de distribución y utilización de combustibles gaseosos, el de condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión, el de instalaciones de protección contra incendios, entre otros.
Con estas modificaciones se consideran conformes con la reglamentación nacional de seguridad industrial los productos comercializados legalmente en otro Estado miembro, en Turquía, u originarios de un Estado de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), siempre que garanticen un nivel equivalente al exigido en dicha reglamentación en cuanto a su seguridad y al uso al que están destinados. Dado que la inmensa mayoría de productos está armonizada a nivel europeo mediante el marcado CE, la solicitud de reconocimiento mutuo es algo excepcional. Por tanto, este real decreto supondrá una reducción de las cargas administrativas. Se puede acceder a este Real Decreto, publicado en el BOE el pasado sábado 18.03.2023, pinchando en el siguiente enlace
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